Fiscal

3 Gastos Deducibles Que No Puede Dejar De Aprovechar

Conozca cuáles gastos permiten aprovechar mejor las de deducciones personales en su declaración anual. Las deducciones personales para asalariados son pocas y se deben aprovechar cada vez que se tenga oportunidad.


Si usted es asalariado puede aprovechar las deducciones personales que le permite la ley. Es una medida inteligente que con constancia y disciplina le permitirá recibir cada año un "bono" por concepto de devolución de impuestos, siempre que logre un saldo a favor. Puede deducir hasta el 15 por ciento del total de sus ingresos anuales.

Toda deducción es voluntaria y requiere de un esfuerzo que, aunque menor, muchos le dan poca importancia. Crear el hábito de solicitar comprobantes fiscales de cualquier concepto deducible es un obstáculo a vencer, ya que no se le acreditarán gastos deducibles si no obtiene el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente y eso es sólo la mitad del trabajo. También es indispensable evitar caer en la tentación de pagar en efectivo esos gastos para cumplir con la normatividad sobre deducciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y evitar que estas deducciones no se invaliden.

Por lo que vale la pena tener presentes los rubros que permiten realizar deducciones, sobre todo cuando se trata de gastos que se deben hacer y que se puede estar en posibilidad de aprovechar con un poco de disciplina. La idea es acumular tantos gastos deducibles como sea posible antes de finalizar el año fiscal. El SAT permite además que los gastos que realizan conyuges, concubina o concubino así como otos familiares como la madre, padre, abuelos, hijos e incluso nietos puedan acreditarse siempre que se pida la factura a nombre del contribuyente, lo que puede contribuir a obtener un monto mayor por devolución de impuestos.

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A continuación enumeramos las 3 principales deducciones personales que no puede dejar de aprovechar. Como verá son gastos que presuponen situaciones que no aplican para todos en todo momento, como tener hijos en edad escolar, estar pagando un crédito hipotecario o haber padecido enfermedad y tener gastos médicos. La regla de oro es evitar hacer pagos en efectivo de cualquier concepto que se quiera deducir, la única excepción a esta regla son los gastos funerarios los cuales se pueden pagar en efectivo siempre y cuando se solicite el comprobante fiscal correspondiente.

1. Los pagos por consultas médicas y gastos hospitalarios

Este tipo de gastos es sin duda el que mejor se puede aprovechar. En el transcurso de un año es común que cualquiera pueda requerir algún servicio médico, además el criterio que aplica el SAT para este tipo de gastos no es tan rígido y permite incluir no solo gastos por visitar al médico o especialista, si no también por ir al dentista, al oculista para algún problema de la vista, o acudir a consulta con un psicologo o un nutriologo, siempre y cuando estos últimos cuenten con un título profesional reconocido. Aquí es importante siempre solicitar un comprobante fiscal y evitar el pago en efectivo.

Hay además gastos que pueden estar relacionados con una consulta médica que son también deducibles como los análisis o estudios clínicos, la compra de aparatos de rehabilitación y prótesis, e incluso el monto pagado por concepto de primas de un seguro de gastos médicos o bien si adquirió lentes graduados, en cuyo caso es necesario solicitar que se incluya la descripción de la graduación en el CFDI.

Es importante resaltar que la compra de medicinas en farmacias no son deducibles, salvo que formen parte de un tratamiento recibido y facturado en un hospital.

2. Los intereses que se pagan por el crédito hipotecario de una casa

Si bien no todos pueden aprovechar esta deducción ya que solo aplica para quienes están pagando un crédito hipotecario, sólo requiere de un esfuerzo mínimo de aquellos que sí lo pueden hacer, siendo además un gasto deducible recurrente que prácticamente le garantizará un saldo a favor durante varios años. Si el crédito ha sido contratado con alguna institución del sistema financiero mexicano, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o el FOVISSSTE es un gasto que podrá deducir sin mayores complicaciones, ya que por lo general estos pagos se realizan con cargo a alguna cuenta propia. Sólo es necesario asegurarse de que la institución que le otorgó el crédito tenga sus datos fiscales correctos.

Esta deducción le permitirá acumular un monto deducible que depende de la cantidad por concepto de intereses que se esta pagando, pudiendo deducir más en los primeros años de la vida de su crédito, que es cuando la mayor parte de los pagos se van a cubrir los intereses.

3. El pago de colegiaturas

Si bien tienen un límite de deducción dependiendo del nivel educativo, se trata de un gasto que aunque no aplica para todos, ofrece la oportunidad de acumular montos deducibles que son recurrentes durante casi todo el año, por lo que es indispensable hacer lo necesario para que los mismos sean reconocidos a su favor por la autoridad fiscal como deducciones. Para esto no solamente es importante solicitar el comprobante fiscal a la institución educativa y evitar hacer estos pagos en efectivo, si no que también debe asegurarse de que los datos del Comprobante Fiscal incluyan todo lo necesario para que pueda ser deducible, esto es el grado escolar y la Clave Única de Registro de Población (CURP) del alumno.

Cabe destacar que las cuotas de inscripción o reinscripción no son deducibles, y que si bien es cierto que pueden deducirse gastos por concepto de transporte escolar, este requiere que dicho transporte sea obligatorio y ofrecido por la institución educativa, situación que pocas veces se presenta.

Recibir un saldo a favor en la declaración anual de impuestos es más fácil de lo que se cree. Además de las deducciones mencionadas anteriormente, existen otras que si bien son gastos menos frecuentes o menos cuantiosos, es importante tenerlos en mente. Nos referimos a los gastos funerarios o el pago por impuestos locales como el predial o la tenencia en los lugares donde aún se aplique, en estos casos se debe siempre solicitar el CFDI de los mismos al momento de realizar el pago.

Finalmente no podemos dejar de mencionar los conceptos deducibles que no dependen de gastos sino de aportaciones, que por su naturaleza son muy variables y pueden no resultar atractivos para muchos. Hablamos de las donaciones y las aportaciones voluntarias a su AFORE.

Para información a detalle sobre todas las deducciones disponibles para asalariados consulte nuestro post sobre Las Principales Deducciones Personales Para Asalariados En La Declaración Anual.

Recomendaciones

  • Si gana menos de 400 mil pesos anuales, le conviene dar aviso a su patrón por escrito notificándole que la declaración anual la llevará a cabo usted mismo, de forma que pueda deducir sus gastos y otros conceptos.
  • Cuide las formalidades, por regla general el pago en efectivo de gastos deducibles invalida su deducción. Siempre pague con cheque, tarjeta de crédito/débito o transferencia bancaria.
  • Puede ser tedioso solicitar factura o recibo fiscal de cada que se puede deducir, pero vale la pena el esfuerzo.
  • En el caso de colegiaturas, asegúrese de que el comprobante fiscal incluya la CURP del alumno y el nivel escolar cursado.
  • Sólo la compra de medicamentos con CFDI expedido por clínicas u hospitales se puede deducir.
  • Para créditos hipotecarios del INFONAVIT, en el mes de febrero se obtiene la constancia de los intereses reales pagados por el crédito hipotecario en el ejercicio anterior, cantidad que representa el monto deducible.
  • En el mes de marzo, su patrón le entregará una constancia de percepciones y retenciones que utilizará en abril para su declaración anual.
  • En años recientes el sistema para presentar la declaración anual se ha ido automatizando y simplificando. Presentar la declaración es sencillo ya que viene pre-llenada con los gastos deducibles que el SAT ha obtenido de los CFDI expedidos con su Registro Federal del Contribuyentes (RFC).
  • ¿Tiene un dinero extra? Haga una aportación voluntaria a su AFORE y deduzca ese monto.
  • ¿Se ha planteado donar? Consulte el listado de instituciones autorizadas por el SAT para recibir donativos, donar directamente es cien por ciento deducible y es la única manera de obtener un beneficio.
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