Oficio 500-05-2025-20451 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación o en contra de la resolución a que se refiere el cuarto párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el órgano jurisdiccional o administrativo dejó sin efectos el referido acto.
OFICIO: 500-05-2025-20451
Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio
de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo
69-B primer párrafo del CFF o en contra de la resolución a que se refiere el
cuarto párrafo del artículo en comento, y una vez resuelto el mismo, el
órgano jurisdiccional o administrativo dejó sin efectos el referido acto.
Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la
Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de
Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos
16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del
Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la
Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el
propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos
primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero,
13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22
párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior
del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de
2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo
Primero Transitorio de dicho Reglamento, y reformado mediante Decreto por el
que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del
Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento
Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo
órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de
2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de
dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante
el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del
Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de
2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de
dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafo sexto
del Código Fiscal de la Federación, le comunica lo siguiente:
Que a los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les
fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones
amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de
conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código
Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código
Fiscal de la Federación, y en términos del cuarto párrafo del referido
artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución
definitiva como se indica a continuación:
Notificación a los contribuyentes del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.
No. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Número y fecha de oficio de resolución definitiva | Medio de notificación al contribuyente | |||||
Estrados de la autoridad | Notificación Personal | Buzón Tributario | |||||||
Fecha de fijación en los estrados de la Autoridad Fiscal | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | Fecha de notificación | Fecha en que surtió efectos la notificación | ||||
01 | CAV150603G34 | COMERCIALIZADORA AVELINO, S.A. DE C.V. | 500-05-2023- 21089 de fecha 23 de agosto de 2023 | 29 de agosto de 2023 | 30 de agosto de 2023 | ||||
02 | CLM131105QP1 | CENTRAL LOGISTIC MEDIOS, S.A. DE C.V. | 500-44-00-00-00- 2020-00461 de fecha 20 de enero de 2020 | 13 de febrero de 2020 | 09 de marzo de 2020 | ||||
03 | DURL861015SV2 | DURAN ROBLES LUIS | 500-04-00-00-00- 2021-16527 de fecha 20 de mayo de 2021 | 26 de mayo de 2021 | 07 de junio de 2021 | ||||
04 | FSC1405128C0 | FUTBOL, SALUD Y CULTURA, S.A. DE C.V. | 500-31-00-06-04- 2019-1795 de fecha 02 de agosto de 2019 | 08 de agosto de 2019 | 09 de agosto de 2019 | ||||
05 | IBB120719PC6 | IN BUSINESS BY Q AND A, S.A. DE C.V. | 500-57-00-04-01- 2019-005791 de fecha 17 de diciembre de 2019 | 08 de enero de 2020 | 09 de enero de 2020 | ||||
06 | LSE160825DH8 | LONNINGS SERVICES, S.A. DE C.V. | 500-05-2021-4990 de fecha 28 de enero de 2021 | 28 de enero de 2021 | 29 de enero de 2021 | ||||
07 | MAT0903184TA | MEDICAL & TECHNICAL BOOKS, S.A. DE C.V. | 500-46-00-05-02- 2020-4151 de fecha 21 de enero de 2020 | 22 de enero de 2020 | 23 de enero de 2020 | ||||
08 | ONE121202FA7 | O-NECONST, S.A. DE C.V. | 500-44-00-00-00- 2018-12417 de 18 de diciembre de 2018 | 07 de enero de 2019 | 08 de enero de 2019 | ||||
09 | PCO1608257Z5 | PAROLLA CONSULTING, S.A. DE C.V. | 500-05-2020- 28755 de fecha 02 de diciembre de 2020 | 02 de diciembre de 2020 | 03 de diciembre de 2020 | ||||
10 | PDC130201618 | PROYECTOS, DESARROLLO, COMUNIDAD Y MEDIO AMBIENTE, S.C. | 500-39-00-04-01- 2019-3187 de fecha 28 de marzo de 2019 | 28 de marzo de 2019 | 29 de marzo de 2019 | ||||
11 | SAM150421F58 | SERVICIOS Y ASESORIA MANLLA, S.A. DE C.V. | 500-18-00-05-02- 2021-2515 de fecha 18 de mayo de 2021 | 19 de mayo de 2021 | 20 de mayo de 2021 |
Datos adicionales de los contribuyentes.
No. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Domicilio Fiscal | Actividad Preponderante | Motivo del Procedimiento |
01 | CAV150603G34 | COMERCIALIZADORA AVELINO, S.A. DE C.V. | Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México | Otros intermediarios de comercio al por mayor | Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura |
02 | CLM131105QP1 | CENTRAL LOGISTIC MEDIOS, S.A. DE C.V. | Oaxaca de Juárez, Oaxaca | Otros servicios de publicidad | Ausencia de activo Ausencia de personal |
03 | DURL861015SV2 | DURAN ROBLES LUIS | Chihuahua, Chihuahua | Comercio al por mayor de desechos metálicos | Ausencia de activos Ausencia de personal Falta de infraestructura Sin capacidad material |
04 | FSC1405128C0 | FUTBOL, SALUD Y CULTURA, S.A. DE C.V. | Guadalajara, Jalisco | Otros servicios de consultoría científica y técnica | Ausencia de activo Ausencia de personal |
05 | IBB120719PC6 | IN BUSINESS BY Q AND A, S.A. DE C.V. | Villahermosa, Tabasco | Servicios de consultoría en computación | Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material |
06 | LSE160825DH8 | LONNINGS SERVICES, S.A. DE C.V. | Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México | Servicios de investigación y de protección y custodia, excepto mediante monitoreo | Ausencia de activo Ausencia de personal |
07 | MAT0903184TA | MEDICAL & TECHNICAL BOOKS, S.A. DE C.V. | Heroica Puebla de Zaragoza, Puebla | Comercio al por mayor de libros | Ausencia de activos Ausencia de personal Sin capacidad material |
08 | ONE121202FA7 | O-NECONST, S.A. DE C.V. | Villa Guerrero, Estado de México | Otros trabajos especializados para la construcción | Ausencia de activo Ausencia de personal |
09 | PCO1608257Z5 | PAROLLA CONSULTING, S.A. DE C.V. | Municipio Naucalpan de Juárez, Estado de México | Otros servicios profesionales, científicos y técnicos | Ausencia de activo Ausencia de personal |
10 | PDC130201618 | PROYECTOS, DESARROLLO, COMUNIDAD Y MEDIO AMBIENTE, S.C. | Jiutepec, Morelos | Otros servicios profesionales, científicos y técnicos | Ausencia de activo Ausencia de personal |
11 | SAM150421F58 | SERVICIOS Y ASESORIA MANLLA, S.A. DE C.V. | Toluca, Estado de México | Servicio de contabilidad y auditoría | Ausencia de personal Falta de infraestructura Sin capacidad material |
Por lo anterior, el nombre o razón social de los contribuyentes a los que se
les notificó las citadas resoluciones, fueron agregados al listado a que se
refiere el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la
Federación, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, como
a continuación se indica:
No. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Número y fecha de oficio que contiene en Listado Global Definitivo | Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación |
01 | CAV150603G34 | COMERCIALIZADORA AVELINO, S.A. DE C.V. | 500-05-2023-26217 de fecha 11 de diciembre de 2023 | 02 de febrero de 2024 |
02 | CLM131105QP1 | CENTRAL LOGISTIC MEDIOS, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13598 de fecha 21 de mayo de 2020 | 24 de junio de 2020 |
03 | DURL861015SV2 | DURAN ROBLES LUIS | 500-05-2021-25924 de fecha 16 de agosto de 2021 | 27 de septiembre de 2021 |
04 | FSC1405128C0 | FUTBOL, SALUD Y CULTURA, S.A. DE C.V. | 500-05-2019-35911 de fecha 25 de octubre de 2019 | 20 de noviembre de 2019 |
05 | IBB120719PC6 | IN BUSINESS BY Q AND A, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-7897 de fecha 18 de marzo de 2020 | 16 de abril de 2020 |
06 | LSE160825DH8 | LONNINGS SERVICES, S.A. DE C.V. | 500-05-2021-10803 de fecha 25 de marzo de 2021 | 08 de abril de 2021 |
07 | MAT0903184TA | MEDICAL & TECHNICAL BOOKS, S.A. DE C.V. | 500-05-2020-13709 de fecha 25 de junio de 2020 | 08 de julio de 2020 |
08 | ONE121202FA7 | O-NECONST, S.A. DE C.V. | 500-05-2019-7298 de fecha 25 de febrero de 2019 | 03 de abril de 2019 |
09 | PCO1608257Z5 | PAROLLA CONSULTING, S.A. DE C.V. | 500-05-2021-5303 de fecha 04 de marzo de 2021 | 18 de marzo de 2021 |
10 | PDC130201618 | PROYECTOS, DESARROLLO, COMUNIDAD Y MEDIO AMBIENTE, S.C. | 500-05-2019-18069 de fecha 24 de mayo de 2019 | 28 de junio de 2019 |
11 | SAM150421F58 | SERVICIOS Y ASESORIA MANLLA, S.A. DE C.V. | 500-05-2021-26283 de fecha 07 de diciembre de 2021 | 12 de enero de 2022 |
Inconformes con el oficio individual de presunción u oficio de resolución
definitiva, interpusieron medios de defensa, los cuales se concluyeron con las
siguientes resoluciones o sentencias:
No. | R.F.C. | Nombre, denominación o razón social del Contribuyente | Medio de defensa | Fecha de la Resolución o sentencia firme | Autoridad que resolvió | Sentido y/ o efecto de la resolución o sentencia firme |
01 | CAV150603G34 | COMERCIALIZADORA AVELINO, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 23295/ 23-17-12-1 | 03 de diciembre de 2024 | Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada 500-05-2023-21089 de 23 de agosto de 2023, emitida por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
02 | CLM131105QP1 | CENTRAL LOGISTIC MEDIOS, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1796/ 20-15-01-5 | 16 de febrero de 2023 | Sala Regional del Sureste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada 500-44-00-00-00-2020-00461 de 20 de enero de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Oaxaca "1". |
03 | DURL861015SV2 | DURAN ROBLES LUIS | Juicio de Nulidad 3035/ 22-04-01-3-OT | 02 de agosto de 2023 | Sala Regional del Norte- Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada 500-04-00-00-00-2021-16527 de 20 de mayo de 2021, emitida por la Administración Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal. |
04 | FSC1405128C0 | FUTBOL, SALUD Y CULTURA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 3921/ 20-07-03-4 | 19 de noviembre de 2021 | Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada 500-31-00-06-04-2019-1795 de 02 de agosto de 2019, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Jalisco "2". |
05 | IBB120719PC6 | IN BUSINESS BY Q AND A, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 611/20- 26-01-3 | 04 de marzo de 2025 | Sala Regional de Tabasco y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada 600-57-04-2020-0714 de 11 de junio de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Tabasco "1", que resolvió el Recurso Administrativo de Revocación en Línea, así como, de la originalmente recurrida 500-57-00-04-01-2019-005791 de fecha 17 de diciembre de 2019, signada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Tabasco "1". |
06 | LSE160825DH8 | LONNINGS SERVICES, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1199/ 21-02-01-4 | 16 de noviembre de 2023 | Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la negativa ficta recaída al Recurso Administrativo de Revocación en Línea RRL2021003129, promovido ante la Administración Desconcentrada Jurídica del Distrito Federal "1", así como de la originalmente recurrida 500-05-2021-4990 de fecha 28 de enero de 2021, signada por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
07 | MAT0903184TA | MEDICAL & TECHNICAL BOOKS, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 20/ 1373-24-01-01-07-OL | 11 de abril de 2024 | Sala Especializada Mixta en Juicios en Línea y en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada 600-45-00-04-00-2020-2018 de 01 de junio de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Puebla "1", que resolvió el Recurso Administrativo de Revocación en Línea RRL2020001853, así como, de la originalmente recurrida 500-46-00-05-02-2020-4151 de 21 de enero de 2020, signada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Puebla "2". |
08 | ONE121202FA7 | O-NECONST, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 798/19- 15-01-8 | 14 de abril de 2023 | Sala Regional del Sureste del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada 500-44-00-00-00-2018-12417 de 18 de diciembre del 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Oaxaca "1". |
09 | PCO1608257Z5 | PAROLLA CONSULTING, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 1009/ 21-02-01-5 | 02 de diciembre de 2022 | Sala Regional del Noroeste II del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad lisa y llana de la confirmativa ficta recaída al Recurso Administrativo de Revocación en Línea RRL2021003129, promovido ante la Administración Desconcentrada Jurídica de México "2", así como de la originalmente recurrida 500-05-2020-28755 de 02 de diciembre de 2020, signada por la Administración Central de Fiscalización Estratégica. |
10 | PDC130201618 | PROYECTOS, DESARROLLO, COMUNIDAD Y MEDIO AMBIENTE, S.C. | Juicio de Nulidad 245/20- 24-01-6 | 21 de agosto de 2023 | Sala Regional de Morelos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada 600-39-00-02-00-2020-425 de 29 de enero de 2020, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Morelos "1", que resolvió el Recurso Administrativo de Revocación en Línea RRL2019004059, así como, de la originalmente recurrida 500-39-00-04-01-2019-3187 de 28 de marzo de 2018, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Morelos "1". |
11 | SAM150421F58 | SERVICIOS Y ASESORIA MANLLA, S.A. DE C.V. | Juicio de Nulidad 0044- 2021-02-C-15-04-02-01-L | 21 de junio de 2024 | Sala Regional Sur del Estado de México y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa | Se declara la nulidad de la resolución impugnada 600-18-2021-1286 de 24 de agosto de 2021, emitida por la Administración Desconcentrada Jurídica de Colima "1", que resolvió el Recurso Administrativo de Revocación en Línea RRL2021007885, así como, de la originalmente recurrida 500-18-00-05-02-2021-2515 de 18 de mayo de 2021, signada por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Colima "1". |
En virtud de lo antes expuesto, se comunica que, como consecuencia de los
medios de defensa señalados en párrafos precedentes, el procedimiento del
artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, seguido a esos
contribuyentes, ha quedado sin efectos.
Finalmente se informa que el hecho de que los causantes antes señalados hayan
obtenido una resolución favorable en contra del oficio de presunción y/o de
resolución definitiva, no les exime de la responsabilidad que tengan respecto
de otros comprobantes fiscales que hayan emitido sin contar con los activos,
personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para
prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que
ampararon tales comprobantes, por lo cual, se dejan a salvo las facultades de
la autoridad fiscal.
Atentamente.
Ciudad de México, a 12 de agosto de 2025.- Administrador Central de
Fiscalización Estratégica, L.C. Rubén Martín López Rodríguez.- Rúbrica.