Enlace DOF

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.


Acuerdo 105/2020

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no
Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en
lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen
estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y
servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores
modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo
fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción
y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al
periodo comprendido del 3 al 9 de octubre de 2020, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo
comprendido del 3 al 9 de octubre de 2020, aplicables a los combustibles
automotrices son los siguientes:

Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 0.00%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles 0.00%
Diésel 0.00%

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo
comprendido del 3 al 9 de octubre de 2020, aplicables a los combustibles
automotrices son los siguientes:

Combustible Monto del estímulo fiscal (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $0.000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles $0.000
Diésel $0.000

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 3 al 9 de
octubre de 2020, aplicables a los combustibles automotrices son las
siguientes:

Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $4.950
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles $4.180
Diésel $5.440

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 01 de octubre de 2020.- Con fundamento en el artículo
Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos
fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios
aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C.
Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de
Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.

Lo último en hacendaria.com

Notas relacionadas

Más en Enlace DOF

Destacado en hacendaria.com

Empresa

El Banco de México (BANXICO) ha desarrollado la plataforma CoDi, una nueva tecnología de pagos que ofrece una novedosa forma de comprar y vender productos o servicios de forma totalmente electrónica.

Conceptos

El Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente desde el 2014, es una herramienta de combate a la evasión fiscal por facturación y deducción simuladas.

Finanzas

Conozca la app Afore Móvil, le mostramos la información necesaria para conocer esta nueva herramienta que le permite administrar su Afore de manera más fácil. ¿Qué se puede hacer en Afore Móvil? ¿Cuáles son sus beneficios? Obtenga estas respuestas y más.

Fiscal

Recopilamos algunos datos de interés para personas físicas que podría tener en cuenta al momento de presentar su declaración de impuestos.
Lo último en SubastaSAT
CELULAR MARCA CLOUD MOBILE

CELULAR MARCA CLOUD MOBILE

$720.00

Avalúo:  $1,080.00

CASA EN CALLE PRIMERA, NO. 43, SIGLO XXI, CAMPECHE

CASA EN CALLE PRIMERA, NO. 43, SIGLO XXI, CAMPECHE

$362,000.00

Avalúo:  $543,000.00

CASA HABITACION

CASA HABITACION

$328,000.00

Avalúo:  $492,000.00

Camioneta-Vehiculo

Camioneta-Vehiculo

$6,447.00

Avalúo:  $9,670.00

PARTE ALICUOTA DE DEPARTAMENTO 50%

PARTE ALICUOTA DE DEPARTAMENTO 50%

$238,260.00

Avalúo:  $357,390.00

Inmueble en Poza Rica

Inmueble en Poza Rica

$161,667.00

Avalúo:  $242,500.00