Fiscal

Devoluciones Rápidas En La Declaración Anual Para Asalariados

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer detalles sobre la aplicación para que los asalariados presenten su declaración anual correspondiente al ejercicio 2014, y que ya está disponible en su portal de internet.


Comienza la época del año en la que, las personas físicas que durante 2014 obtuvieron ingresos por salarios, deben preparar y presentar su declaración anual. Para este fin, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece a los contribuyentes una aplicación en línea para llevar a cabo la declaración, misma que presenta algunas novedades este año.

Más sobre este tema:

Apenas ayer, el SAT informó que ya está disponible en su portal la aplicación para que los asalariados presenten su declaración anual. Se trata de una aplicación a la que se puede acceder a través de internet, y que este año cuenta con la novedad de que los contribuyentes encontrarán pre- llenados los datos de sus ingresos y retenciones lo cual facilitará cumplir con este requisito. Es decir, la aplicación ya tendrá registrada la información de los ingresos y retenciones de los contribuyentes asalariados, por lo que solamente deben agregar las deducciones personales y enviar la declaración.

Una de las grandes ventajas de presentar la declaración anual, radica en la posibilidad de obtener un beneficio económico a través de la deducción de gastos personales, y con ello la devolución de saldos a favor, en caso de que resulte.

Deducciones: En Breve

Los asalariados de todo el país, tanto quienes están obligados a presentar su declaración anual como los que la presentarán voluntariamente, podrán obtener la devolución de saldos a favor, aplicando las siguientes deducciones personales: Gastos por honorarios médicos y dentales, primas por seguros de gastos médicos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios, donativos a fundaciones autorizadas, aportaciones adicionales a sistemas y planes de retiro o pensiones, entre otras; así como el estímulo por colegiaturas.

En Detalle:

Otro importante anuncio por parte del SAT, fue el compromiso de devolver en un plazo de 5 días los saldos a favor a los asalariados que presenten su declaración anual, en caso de obtenerlo. La autoridad fiscal detalló que para poder recibir el saldo a favor, se debe seleccionar la opción correspondiente, capturar el nombre del banco y la cuenta CLABE del declarante para que se acredite el depósito del saldo a favor en sólo 5 días.

De la misma manera, si los asalariados obtuvieron saldo con cargo, podrán obtener su línea de captura para pagar en ventanillas bancarias o directamente por internet con cargo a su tarjeta de crédito o débito.

Excepciones

Es preciso aclarar que este plazo para devoluciones no aplica en todos los casos. Es solamente para los contribuyentes que pueden solicitar su devolución por transferencia bancaria desde la misma aplicación de la declaración anual. A saber, existen 2 casos donde el plazo podría extenderse:

  1. Si el total del saldo a favor supera los 40 mil pesos.

En este caso se deberá firmar la declaración anual con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), lo que puede ser indicativo de que se llevará a cabo una validación extra, sujeta a un plazo distinto.

  1. Si el total del saldo a favor es mayor a 150 mil pesos.

En este caso no se podrá solicitar la devolución por medio de la aplicación para la declaración anual, debiendo solicitar la misma a través de portal de internet del SAT, en la sección Mi Portal, lo que supone un proceso administrativo diferente, al que aplican otros plazos.

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