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¿Pagan Impuestos los Diputados?

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El manual que regula las remuneraciones para los Diputados Federales, Servidores Públicos de Mando y Homólogos de la Cámara de Diputados establece la retribución mensual que se cubre a los diputados mejor conocidas como dietas, estableciendo los apoyos y prestaciones que reciben.

La respuesta es no. El manual no especifica ningún tipo de retención de
impuestos aplicable a las dietas que reciben los legisladores.
Ese no es
el caso para los servidores públicos de mando y homólogos, quienes sí están
obligados al pago de impuestos de acuerdo con el manual, el cual que establece
que:

"Será responsabilidad de la Cámara retener y enterar los impuestos de los
servidores públicos de mando y homólogos
, de conformidad con los artículos
aplicables de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el Código Fiscal de la
Federación y demás disposiciones relacionadas con la materia, además de los
porcentajes correspondientes a las cuotas y aportaciones de Seguridad Social
para enterarlas al ISSSTE, a efecto de que gocen de dichos beneficios."

¿Cuánto Gana un Diputado?

Según el manual publicado ayer en el DOF, la remuneración total que reciben
los diputados se compone de 3 partes:

  1. Percepciones: La dieta neta mensual que recibe un Diputado durante el ejercicio fiscal.
  2. Apoyos Económicos: Son básicamente 2: El apoyo por Asistencia Legislativa, es una cantidad que se cubre a los diputados por el desempeño de sus funciones legislativas. El apoyo por Atención Ciudadana, es un monto complementario que se otorga por las actividades de gestión que realizan en su carácter de representantes populares.
  3. Prestaciones: Los diputados cuentan con un Seguro de Gastos Médicos Mayores, ante la eventualidad de un accidente o enfermedad que requiera tratamiento médico, cirugía u hospitalización..

Así mismo, los diputados federales reciben como gratificación de fin de año
una cantidad equivalente a 40 días de dieta. También cuentan con un
fondo de ahorro, que consiste en la aportación institucional de hasta un 12
por ciento de la dieta bruta mensual
en función de la aportación del
Legislador sin rebasar el porcentaje de referencia.

Finalmente, los legisladores cuentan con un Seguro de Grupo de Vida, para
cubrir los siniestros de fallecimiento, muerte accidental, muerte accidental
colectiva, gastos funerarios, pérdidas orgánicas e invalidez total y
permanente. Adicionalmente, la Cámara reembolsará a los Diputados el importe
equivalente de hasta 1 mes de dieta neta para gastos funerarios por
fallecimiento de sus beneficiarios, siempre y cuando sean sus progenitores,
cónyuge o hijos.