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Lo Que Debe Saber Sobre El Aguinaldo Para Servidores Públicos 2020

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Conozca los lineamientos generales que regulan el otorgamiento del aguinaldo a los trabajadores al servicio del Estado. Este año se adelantará el agunaldo a los trabajadores del Estado para que puedan aprovechar las ofertas del Buen Fin.

A continuación le presentamos las disposiciones presentes en el decreto en las diferentes modalidades según la situación del trabajador. En términos generales y de acuerdo al artículo 87 de la Ley Federal de los Trabajadores del Estado, el aguinaldo es una prestación laboral y un derecho que los empleados deben gozar.Los trabajadores al servicio del Estado reciben 40 (cuarenta) días de salario por concepto de aguinaldo o gratificación de fin de año.

El pago se realiza con cargo al presupuesto autorizado de las Dependencias y Entidades y los trabajadores podrían comenzarlo a recibir a partir del 11 de noviembre. Si bien la prestación se debe pagar conforme a la legislación actual el 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero. Para este 2020 y como desde hace algunos años, se adelantará el pago de la primera mitad para que los trabajadores puedan aprovechar las ofertas del Buen Fin y de esta forma apoyen a la recuperación económica del país. Así es que se espera que la primera parte de su aguinaldo la reciban para aprovechar el Buen Fin, que este año se llevará a cabo del 9 al 20 de noviembre de 2020.

Pago proporcional del aguinaldo

Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a entregar la parte proporcional del aguinaldo o gratificación de fin de año que corresponda, en los casos en que los trabajadores hubieren prestado sus servicios por un periodo menor a un año.

Quienes NO tienen derecho al aguinaldo

Operación y cálculo del aguinaldo

El importe del aguinaldo se determinará con base en las remuneraciones autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Para obtener la cuota diaria del servidor público que cobre sus remuneraciones de manera mensual, el cálculo será efectuado sobre una base de treinta días.

El pago del aguinaldo o gratificación de fin de año se hará en la misma forma e igual conducto por el que se les cubren sus remuneraciones ordinarias. En el caso de los pensionistas, el monto correspondiente podrá cubrirse por medio de sus apoderados, conforme hayan venido cobrando la pensión correspondiente.

Las Dependencias y Entidades realizarán los cálculos para determinar el importe correspondiente, que permita efectuar las retenciones a que se refieren las disposiciones fiscales aplicables, conforme a los lineamientos específicos que emite la Secretaría de Hacienda, en los que se establecen las disposiciones administrativas necesarias para la aplicación de esta prestación en los casos específicos que lo requieran.

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