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3 Puntos Clave Para Responder Una Notificación del SAT

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Si al recibir una notificación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), advierte una situación que puede ser objeto de debate ante dicha autoridad, realizar una consulta sobre la misma de la manera oportuna le puede evitar problemas futuros.

Si al recibir una notificación del Servicio de Administración Tributaria
(SAT), advierte circunstancias que puede ser objeto de debate
ante dicha autoridad, realizar una consulta sobre la misma de la manera
oportuna le puede traer beneficios presentes y futuros. El Código Fiscal de la
Federación (CFF) establece que, los particulares pueden acudir ante las
autoridades fiscales para realizar las aclaraciones pertinentes sobre una
notificación. Considere los siguientes 3 puntos clave, si se encuentra
evaluando la posibilidad de responder a una notificación recibida de la
autoridad fiscal.

1. Actúe rápido.

Tenga en cuenta que los plazos para presentar una consulta son cortos. Con
fundamento en el artículo 33-A del CFF, los particulares pueden acudir ante
las autoridades fiscales dentro de un plazo de 6 días siguientes después de
recibir una notificación, a fin de hacer las aclaraciones que consideren
pertinentes.
Por lo que es muy importante actuar con premura.

2. Sea honesto y concreto.

De acuerdo al artículo 34 del Código Fiscal, la autoridad fiscal sólo
responderá a consultas sobre situaciones reales y concretas.
El SAT a su
vez, resolverá si la consulta procede o no, en un plazo de 6 días contados a
partir de que quede debidamente integrado el expediente, posteriormente
contará con un plazo de hasta 3 meses para emitir una resolución al respecto.
Aquí no hay espacio para la creatividad, respalde sus argumentos con
referencias a las leyes e incluya antecedentes suficientes evitando caer en
exageraciones.

3. Cumpla con los requisitos.

La autoridad fiscal sólo dará respuesta a las consultas siempre y cuando
cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Que la consulta comprenda antecedentes y circunstancias necesarias para que la autoridad pueda pronunciarse al respecto.
  2. Que los antecedentes y circunstancias no se modifiquen luego de haber presentado la consulta.
  3. Y que ésta se formule antes de que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación respecto de las situaciones referidas en la consulta.

Es cierto que no todos éstos aspectos aplican para todos los tipos de
notificaciones que los contribuyentes pueden llegar a recibir. Antes se debe
contar con un argumento lo suficientemente sólido, para lograr que el SAT
revise su caso.
Si su caso cuenta con las bases suficientes para establecer
una disputa, podrá obtener beneficios de la autoridad fiscal.

Entre los beneficios que se pueden obtener al responder a una notificación del
SAT, está principalmente la disminución de la carga tributaria en ciertas
circunstancias, derivado principalmente de la omisión o falta de precisión en
las leyes sobre una cuestión particular.
Es de gran utilidad contar con la
asesoría profesional de un contador, a fin de evaluar la situación e
identificar los casos que pudieran debatirse a la autoridad fiscal a través de
una consulta.

El Servicio de Administración Tributaria está obligado a publicar
mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables a los
contribuyentes, lo cual resulta de interés para conocer qué tipo de consultas
resultaron favorables a los contribuyentes en el mes previo, lo que puede
marcarle la pauta a fin de elaborar una consulta que le permita responder a
una notificación de forma favorable.